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Impuestos

Tratamiento Impositivo de Activos Financieros

Período Fiscal 2022 — Con normativa publicada al 04/10/2022

Exento / No gravado
Gravado
No aplica (*)
Activo FinancieroGanancias — P.F. 2022Bienes Personales — P.F. 2022
RendimientoResultado Enajenación
Acciones argentinas con cotización (CNV)dividendo: gravado 7% (b)exentoexento (tributa R.Sustituto)
Acciones argentinas con cotización (no comercializada en CNV)dividendo: gravado 7% (b)gravado 15%exento (tributa R.Sustituto)
Acciones argentinas sin cotizacióndividendo: gravado 7% (b)gravado 15%exento (tributa R.Sustituto)
Acciones del exteriordividendo: gravado a escalagravado 15%gravado
ADRdividendo: gravado 7% (b)gravado 15%(1)
Bonos Soberanos de BrasilNo gravadogravado 15%gravado
Bonos Corporativos de Brasilgravado a escalagravado 15%gravado
Bonos corporativos del exteriorgravado a escalagravado 15%gravado
Bonos del Estado Argentino en $exentoexento (**)exento
Bonos del Estado Argentino en USDexentoexento (**)exento
Bonos del Estado Extranjerosgravado a escalagravado 15%gravado
Caja de ahorro argentina en dólaresexento(*)exento
Caja de ahorro argentina en pesosexento(*)exento
Cauciones Bursátiles (a)gravado a escala(*)gravado
CEDEARdividendo: gravado a escalaexentogravado
Cuenta corriente argentina en dólares(*)(*)gravado
Cuenta corriente argentina en pesos(*)(*)gravado
FCI argentinos Art. 21 inciso K) LBP (d)exentoexento (***)exento
FCI argentino abierto en pesos — CNV (2)(2)exento (**)gravado (4)
FCI argentino abierto en USD — CNV (2)(2)exento (**)gravado (4)
FCI argentino abierto en pesos — fuera de CNV (2)(2)gravado 5%gravado
FCI argentino abierto en USD — fuera de CNV (2)(2)gravado 15%gravado
FCI cerrado en pesos (2)(2)exentogravado (4)
FCI cerrado en dólares (2)(2)exentogravado (4)
FCI del exteriorgravado a escalagravado 15%gravado
Fideicomiso Financiero del exteriorgravado a escalagravado 15%gravado
Fideicomisos Financieros del país Art. 21 inciso K) LBP (d)exentoexento (***)exento
Instrumentos emitidos en $ para fomentar inversión productiva (3)exentogravadoexento
Letras del Tesoro extranjerogravado a escalagravado 15%gravado
Letras del Tesoro Argentino en $exentoexento (**)exento
Letras del Tesoro Argentino en USDexentoexento (**)exento
Monedas digitales (5)(*)gravado 15%gravado
Money market o cualquier otra cuenta remunerada del exteriorgravado a escala(*)gravado
ON de empresas argentinas en $ (Obligaciones Negociables)exentoexento (**)exento (c)
ON de empresas argentinas en USD (Obligaciones Negociables)exentoexento (**)gravado
ON de empresas extranjeras (Obligaciones Negociables)gravado a escalagravado 15%gravado
Plazo fijo en Argentina en pesos sin cláusula de ajusteexento(*)exento
Plazo fijo en Argentina en pesos con cláusula de ajusteexento(*)exento
Plazo fijo en Argentina en dólaresgravado a escala(*)exento
Plazo fijo (time deposit) en el exteriorgravado a escala(*)gravado
Títulos públicos argentinos en $exentoexento (**)exento
Títulos públicos argentinos en USDexentoexento (**)exento
Títulos Públicos Extranjerosgravado a escalagravado 15%gravado
Títulos, acciones y demás valores de BoliviaNo gravadoNo gravadoNo gravado

Notas y aclaraciones

(*)No resulta de aplicación.
(**)Según el artículo 26 inciso u), para el período fiscal 2022 el resultado de la compraventa estará exento en la medida que coticen en bolsas o mercados de valores.
(***)En tanto cumplan las condiciones del inciso u) del artículo 26 LIG.
(1)No existe una única postura: la posición mayoritaria es que no está gravado por haber tributado la sociedad emisora de las acciones como R.Sustituto en Bs.Personales.
(2)De acuerdo a la modificación del art. 26 inciso h) introducida por el art. 33 de la Ley 27541, vuelve a renacer la exención para los rendimientos de los FCI según art. 25 inc. b) Ley 24083, siempre que los referidos títulos sean colocados por oferta pública.
(3)Serán aquellos que establezca el PEN. No hay remisión a la exención si estos instrumentos se enajenaran (modificación introducida por Ley 27.638); su enajenación estará alcanzada por el impuesto cedular del art. 98 LIG t.o. 2019.
(4)No comprendidos en el Artículo 21 inciso k) de la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales (incorporado por la Ley 27.638).
(5)Interpretación exteriorizada por AFIP a través de su Dictamen DAT 2/2022.
(a)Existen opiniones doctrinarias que consideran su tratamiento asimilable a operaciones de pase y por tanto las consideran exentas.
(b)Modificación introducida por el artículo 7 de la Ley 27.630 al primer párrafo del artículo 97 de la LIG (T.O. 2019).
(c)Exención introducida por Ley 27.638 en tanto sean en moneda nacional y cumplan las condiciones del art. 36 Ley 23.576.
(d)La Ley 27.638 ha agregado una nueva exención para estos instrumentos colocados por oferta pública de la CNV cuyo activo subyacente esté integrado como mínimo por: 1) títulos emitidos por el Estado; 2) depósitos a plazo fijo, caja de ahorro u otras formas de captación (Ley 21526); 3) ON en pesos (art. 36 Ley 23576); 4) instrumentos en pesos para fomentar la inversión productiva.